POLÍTICA Y PARTIDOS

CASO SINALOA DEBE APEGARSE A LA LEY Y TRATADOS INTERNACIONALES: RAY VÁZQUEZ

LUIS ROMERO

Ante los cuestionamientos de medios de comunicación sobre la situación que enfrenta Morena a nivel nacional, particularmente por el caso relacionado con Sinaloa, el diputado federal Raymundo Vázquez Conchas reconoció que el caso no es sencillo, debido a las implicaciones legales de la medida solicitada por el gobierno de Estados Unidos.

El legislador subrayó que, en este tipo de situaciones, deben prevalecer el respeto a las leyes nacionales y los tratados internacionales en la materia, debido a que corresponde a un procedimiento de alta complejidad jurídica.

Ray Vázquez señaló que se trata de un hecho sin precedentes por su dimensión política y legal; sin embargo, expresó su respaldo a la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, al considerar que ha sido clara y firme en su postura, y que cuenta con la autoridad política y moral para conducir el caso.

Asimismo, enfatizó que tanto el gobierno mexicano como el de Estados Unidos, así como otras naciones involucradas, tienen la responsabilidad de salvaguardar la vida y los derechos de sus ciudadanos, en apego al derecho internacional.

Sobre el caso, la consejera jurídica del Ejecutivo Federal, Luisa María Alcalde Luján, explicó que es fundamental distinguir entre una solicitud formal de extradición y una solicitud de detención provisional con fines de extradición.

“En este caso, la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York no ha presentado una solicitud formal de extradición, sino únicamente una solicitud de detención provisional con fines de extradición”, precisó.

A petición de la Secretaría de Relaciones Exteriores, la Fiscalía General de la República determinó que no existen elementos suficientes que acrediten la urgencia de la solicitud, por lo que ésta carece de la debida fundamentación y se requiere información adicional del gobierno estadounidense antes de presentarla ante un juez mexicano.

Este criterio se encuentra respaldado por lo establecido en el artículo 16 de la Constitución mexicana, así como en los artículos 141 y 142 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Finalmente, Alcalde Luján recordó que, con el fin de garantizar el debido proceso y la presunción de inocencia, la Convención Americana sobre Derechos Humanos establece que los procedimientos de extradición deben tramitarse bajo criterios de confidencialidad por parte de las autoridades requirentes.

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